Derogar o no derogar, esa ya no es la cuestión

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Derogamos o no derogamos

Nuestro Estatuto de los Trabajadores data de principios de 1980, sólo poco más de un año después de la entrada en vigor de la Constitución Española y en cumplimiento de su artículo 35.2.

Desde entonces ha padecido casi una decena de importantes reformas, todas ellas en una clara lógica liberalizadora y de pérdida del carácter protector, propio de la legislación laboral. 

Sin olvidar que pequeñas modificaciones en su articulado se han producido y se producen constantemente, llegando a convertir al texto original en un auténtico papiro de orden antropológico. No en vano, el Derecho del Trabajo es una disciplina muy viva a pesar de quienes le pronosticaban un futuro subalterno del Derecho Mercantil.

Una década después

Y mire usted por donde, nos encontramos que han pasado ya casi 10 años desde la denostada reforma laboral de 2012. Y parece que el problema en esta sociedad de “meme” y mensaje corto consiste en el infantilismo mediático del enfrentamiento fácil y carente de una mínima reflexión sobre derogación o no derogación; en vez de entrar en el contenido de la norma o normas que debieran entrar en vigor.

En realidad, ¿qué significaría literalmente derogar la reforma laboral de 2012 del Partido Popular?

Pues sería retrotraernos a la situación anterior a la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral (un conjunto de medidas y modificaciones de distintas leyes laborales de flexibilidad y disminución de garantías  laborales).

Imaginemos que eso fuera posible. ¿Con qué nos encontraríamos?

Pues con un marco normativo compuesto por “un conjunto de medidas  laborales flexibilizadas y carentes de garantías laborales”. Pero, ¿eso tiene sentido?

Es muy fácil. No se puede entender la reforma laboral de 2012 (PP) sin aquella de 2010 con gobierno de PSOE (Ley 35/2010,de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo) y ni mucho menos sin otra reforma tan brutal como poco comentada: el Real Decreto-ley 7/2011, de 10 de junio, de medidas urgentes para la reforma de la negociación colectiva (PSOE).

No podemos referirnos a una reforma aislada, sino a un proceso de reformas

Pues se trataba de un mismo proceso. Y la doctrina  -la academia- es unánime al respecto, pues todo ese conjunto de modificaciones legislativas forman parte de una  misma línea argumental de reformas “troikistas” (que no trotskistas).

Por ilustrarnos, la terrible prioridad aplicativa del convenio de empresa  y la caducidad de la ultraactividad o muerte súbita de 2012 (PP) (y que abordaremos en posteriores entradas) no es más que una “vuelta de tuerca” de las medidas contempladas por la citada modificación de la negociación colectiva en 2011 (PSOE). Es decir, que era un proceso de cambio de los equilibrios en nuestras relaciones laborales con independencia de quién gobernaba en esos momentos.

¿Y por qué solo se habla de derogar la reforma laboral de 2012?

Pues porque quien está gobernando -en la facción mayoritaria- es el PSOE y no quieren o pueden reconocer lo que hicieron en ese momento. O quizás, es que algunos de ellos no se creen, no comparten lo que se está cerca de revertir.

Entonces, ¿podríamos decir que se va a derogar la reforma laboral del PSOE de 2010 y  de la negociación colectiva de 2011, más la reforma laboral del PP de 2012?

Pues tampoco sería técnicamente posible. Muy fácil. Después de tantos años, como decíamos al principio, se producen decenas, centenares de pequeñas modificaciones en nuestro texto laboral por excelencia. Hasta el punto que el Estatuto de los Trabajadores ha sido refundido.

¡Más líos no, por favor!

¡Tranquilidad! Es algo normal. Bastante complejo es todo este galimatías como para que nos quejemos cuando se pretende simplificar. Llega un momento en el que la ley del Estatuto de los Trabajadores tiene tantas remisiones a otras normas que es imposible su lectura global.

Y por eso el gobierno procede a dictar un decreto legislativo con rango formal de ley, que da lugar al actual Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Por eso no tiene ningún sentido a estas alturas (quizás al principio sí) hablar en términos exactos de una derogación de la reforma de 2012, de 2011 o de 2010. Es como si se hubiera hecho borrón y cuenta nueva.

Y entonces, ¿qué hacemos?

Pues en todo caso, podríamos hablar de una posible nueva reforma laboral, quizás por primera vez en nuestra historia democrática de sentido inverso a todas las que hemos sufrido; en el sentido de aumentar la protección laboral y reorientar los equilibrios en las relaciones laborales. Todo indica que sería la primera “contrarreforma” respecto de todas aquellas producidas.

Y si el cuerpo me pide derogar algo, ¿no hay nada por ahí para cargarme?

Pues sí.  Pongo dos ejemplos de normas que tienen sustantividad propia, que forman parte de todo ese proceso “neoliberalizador”, y que no afectan al entramado del ET que hemos comentado. E interpretando un sentir de la línea que intuimos se abre paso podrían y deberían derogarse ipso facto.

¡Deroguemos pues!

1.- El Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas. Un auténtico engendro de precariedad consistente en incorporar a trabajadores titulados y tituladas en empresas sin finalidad formativa alguna, y destrozando la lógica de laboralidad que marca el mismísimo  articulo 1 del Estatuto de los trabajadores. Ni son prácticas extracurriculares universitarias, y ni mucho menos un contrato en prácticas.

2.- El artículo 3 del Real Decreto-Ley 10/2011, de 26 de agosto, de medidas urgentes para la promoción del empleo de los jóvenes, el fomento de la estabilidad en el empleo y el mantenimiento del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo, relativo al “fondo de capitalización”, popularmente conocido como “mochila austriaca”. Algo así como ir poniendo en una hucha tu dinero para tu futuro despido.

Revertir más que derogar

Llegados a este punto, y al margen de ciertas normas que técnicamente podrían derogarse, parecería más correcto referirse a que se está trabajando en una reforma que pretendiera revertir las medidas adoptadas -seamos honestos- en todo ese proceso de reformas que va desde 2010 a 2012 por parte de los gobiernos españoles de entonces. Sean éstos del PSOE o del PP, y por mucho que fastidie ese reconocimiento a quien (en su facción mayoritaria) está actualmente gobernando.

Las cosas son lo que son. Y aquí, créanme que hay poco margen a la interpretación a ojos de una mínima ortodoxia intelectual.

De momento, me quedo con las recientes declaraciones de Yolanda Díaz, Ministra de Trabajo y Economía Social, haciendo referencia a que le importa más el qué que el quién.

Continuará.

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